Senado Aprueba Reforma Laboral sin Modificar la Cesantía; Ahora se Traslada a la Cámara de Diputados

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El Senado de la República aprobó este jueves, en dos lecturas, la propuesta que busca “transformar” el Código de Trabajo de la República Dominicana, contenido en la Ley 16-92. En el proceso de discusión, se mantuvo el compromiso de “preservar intacta” la cesantía laboral, dejando fuera cualquier modificación al respecto.

La iniciativa, que ha sido estudiada por la Cámara Alta desde octubre del año pasado, debe ahora pasar por el mismo proceso de votación en la Cámara de Diputados para ser finalmente enviada al Poder Ejecutivo, donde se decidirá si el país contará con un nuevo marco laboral.

Aunque las entidades empresariales nacionales presentaron varias propuestas para cambiar algunos beneficios laborales, como las prestaciones otorgadas a los empleados, estas sugerencias no fueron aceptadas por los senadores.

Además, durante el proceso legislativo en el Senado, se descartó la modificación del artículo 228 sobre las propinas, que habría obligado a pagar un 10 % de gratificación, incluso si la compra se realiza a través de plataformas digitales.

Entre las reformas más destacadas están los cambios en el artículo 163, que propone un acuerdo entre empleador y empleado para establecer el día de descanso, no limitándose solo a los domingos. También se incluye la regulación del teletrabajo y de las labores domésticas, así como la ampliación de la licencia de paternidad de dos a cuatro días.

Otro aspecto relevante es que los trabajadores en áreas de seguridad, operación de maquinaria peligrosa, transporte público, o aquellos que tengan contacto con niños y poblaciones vulnerables, deberán someterse a pruebas de detección de drogas.

De acuerdo con el senador Rafael Duluc, presidente de la comisión encargada del estudio, también se amplían las licencias por matrimonio, fallecimiento de familiares, y se establece una paternidad con licencia del 100 %, así como un mínimo de 14 semanas de maternidad pagadas.

Además, se establece protección para las mujeres embarazadas contra despidos durante el embarazo, la maternidad y hasta tres meses después del parto, regulando también las condiciones para jornadas extendidas, horarios flexibles y contratos atípicos, siempre con un enfoque en el acuerdo entre las partes y la notificación al Ministerio de Trabajo.

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