
Abogado
En los últimos meses se ha comenzado a hablar con más fuerza de la Ley 98-25, que introduce cambios a la Ley 225-20. Aunque a primera vista puede parecer una norma más dentro del amplio marco regulatorio dominicano, lo cierto es que su impacto es mucho más directo de lo que muchos imaginan.
Esta ley toca un punto sensible: el dinero de quienes emprenden y hacen empresas en el país.
Uno de los elementos más relevantes es la llamada “contribución especial”, que deben pagar empresas y asociaciones sin fines de lucro. En teoría, este pago busca ayudar a financiar la gestión de residuos sólidos y mitigar el impacto ambiental de las actividades económicas. Hasta ahí, el objetivo suena razonable. El problema aparece cuando se analiza cómo funciona en la práctica.
La contribución no se calcula en función de la cantidad de basura o desechos que genera una empresa. Se calcula en base a los ingresos que reporta. Es decir, no importa si tu negocio genera mucho, poco o casi ningún residuo. Lo determinante es cuánto dinero entra.
La ley establece una escala. Negocios con ingresos más bajos pagan montos menores, mientras que aquellos con mayores ingresos pagan más, dependiendo del nivel en el que se encuentren.
A simple vista puede parecer un esquema progresivo justo. Pero cuando se baja a la realidad, empiezan los cuestionamientos.
Pensemos en algo cotidiano: Un emprendedor que tiene una empresa tecnológica —servicios digitales, facturación electrónica, operaciones en la nube— prácticamente no genera residuos físicos. Todo ocurre en una pantalla. Sin embargo, si ese negocio crece y empieza a generar ingresos importantes, automáticamente sube en la escala y paga más.
Ahora comparemos eso con un negocio tradicional como un taller automotriz, una empresa de manufactura o incluso ciertos comercios. Estas actividades, por su propia naturaleza, generan residuos constantes: aceites, empaques, piezas, plásticos, químicos, entre otros. Pero si sus ingresos son menores, su contribución también lo será.
Entonces surge una pregunta bastante lógica: ¿quién está pagando realmente por contaminar?
Aquí es donde entra una de las principales críticas que ha generado esta ley. La “contribución especial” termina pareciéndose más a un pago basado en la capacidad económica que en el impacto ambiental real.
Dicho de forma más simple: no paga más el que más contamina, paga más el que más gana. En ese sentido, su estructura la aproxima peligrosamente a un impuesto adicional sobre los ingresos, lo que abre la discusión sobre una posible doble tributación respecto del Impuesto sobre la Renta (IR2).
Otro punto que en especial me genera bastante suspicacia es que en la República Dominicana ya existe la Ley 64-00, que recoge un principio bastante claro y ampliamente aceptado a nivel internacional: “quien contamina paga”. La idea detrás de esto es sencilla: si una actividad genera daño ambiental, debe asumir el costo de corregirlo o mitigarlo. Sin embargo, con este nuevo esquema, esa lógica parece diluirse. No es que la ley ambiental deje de existir, pero en la práctica se introduce un criterio distinto que genera confusión y, sobre todo, una sensación de falta de coherencia.
Desde la perspectiva del empresario, el mensaje puede interpretarse así: no importa tanto cómo operes o qué impacto tengas, sino cuánto facturas. Y eso tiene consecuencias muy significativas.
Primero, porque añade un costo adicional en un contexto donde ya existen múltiples cargas (impuestos, seguridad social, costos operativos, etc.). Segundo, porque puede desincentivar la formalidad o el crecimiento, especialmente en etapas donde cada peso cuenta. Y tercero, porque genera una percepción de injusticia que termina afectando la confianza en el sistema.
Ahora bien, también es importante ver el otro lado. El problema de los residuos sólidos en el país es real. La gestión de la basura, los vertederos, el reciclaje y el impacto ambiental son temas que requieren atención urgente y recursos. En ese sentido, es comprensible que el Estado busque mecanismos de financiamiento.
La discusión, entonces, no es si se debe contribuir o no. La discusión es cómo. ¿Debe hacerse en función de lo que ganas o de lo que realmente impactas al medio ambiente?
Ahí es donde este tema seguirá generando debate. Por lo pronto, lo que sí es claro es que esta ley ya está en vigor y que sus efectos se sentirán, en mayor o menor medida, en prácticamente todo el tejido empresarial dominicano. Y como suele ocurrir con este tipo de medidas, muchos no dimensionarán su alcance hasta que les toque cumplir con ella.
La Ley 98-25 es solo un ejemplo de cómo los cambios regulatorios pueden impactar directamente a las empresas. En Astrea, Firma de Abogados te ayudamos a anticiparte y tomar decisiones informadas.






















