
A casi un mes del hecho, finalmente salió a la luz la presunta causa del fallecimiento de Stephora Ann-Merci Joseph. El informe forense 552-2025, emitido el 19 de noviembre por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses, concluye que la niña perdió la vida a causa de “asfixia mecánica por ahogamiento”, catalogándola como una muerte violenta.
Aunque el documento establece que la muerte ocurrió de forma rápida por insuficiencia respiratoria, la hora exacta no pudo determinarse. El Ministerio Público señala que los hechos habrían iniciado alrededor de las 9:45 de la mañana, mientras que el levantamiento del cuerpo se realizó a las 2:05 de la tarde.
La secuencia de los hechos
Según la acusación del Ministerio Público, a las 9:44 a. m. Stephora ingresó a la piscina caminando con confianza. No había ningún tipo de señalización, y al alcanzar la zona más profunda comenzó a hundirse y a pedir auxilio con los brazos.
Un minuto después, a las 9:45 a. m., la menor luchaba desesperadamente por mantenerse a flote, sin recibir ayuda.
La acusación indica que mientras esto ocurría, la maestra Francisca Josefina Tavárez Vélez caminó por el borde de la piscina sin mirar a la niña, se dirigió hacia el área del jacuzzi, conversó con otros niños y regresó al gazebo sin percatarse de la emergencia. Para el Ministerio Público, esto evidencia un nivel extremo de descuido e irresponsabilidad en la supervisión.
El cuerpo de Stephora permaneció sumergido durante aproximadamente 30 minutos, según el análisis del DICAT. Fue otro menor quien finalmente la vio flotando y alertó: “Se ahogó, se ahogó”, lo que permitió sacarla del agua.
Maestras distraídas y uso del celular
El expediente describe que durante ese tiempo, la maestra Vilma Altagracia Vargas Morel se encontraba usando su teléfono celular, sin vigilar la piscina. Las cámaras de seguridad registraron que luego estuvo conversando con Tavárez Vélez, sin verificar el estado de los estudiantes dentro del agua.
No querían llamar al 911
Un detalle alarmante señalado en el expediente es que cuando un empleado y varios estudiantes insistieron en llamar al 911 a las 10:20 a. m., Tavárez Vélez respondió:
“No. Están llamando a la directora.”
Se contactó primero al colegio y no al sistema de emergencias. La madre de la niña tampoco fue notificada de inmediato: recibió la llamada una hora y 25 minutos después, informándole falsamente que la niña “estaba vomitando”.
Para cuando finalmente se realizó el llamado al 911, Stephora ya había fallecido.
La madre esperó cuatro horas sin información
Al llegar al lugar cerca del mediodía, a la madre le dijeron que Stephora estaba aún con vida recibiendo atención médica. La familia fue informada de la muerte cuatro horas después, pese a que el cadáver ya había sido levantado a las 2:05 p. m. Durante ese tiempo entraron unidades del DICRIM, SWAT y ambulancias, pero nadie salió a dar explicaciones.
El Ministerio Público tampoco detalla qué ocurrió con el cuerpo desde las 10:20 a. m. hasta el levantamiento oficial.
Violación de protocolos
El documento del Ministerio Público indica que el colegio organizó la actividad llamada “Agasajo Guardia de Honor”, pese a que la Orden Departamental 09-2009 prohíbe excursiones a ríos, playas, lagos y piscinas.
A pesar de la norma, la excursión fue aprobada para 87 estudiantes entre 10 y 18 años, incluyendo a Stephora.
El lugar elegido, Hacienda Los Caballos, no contaba con salvavidas, señalización ni protocolos de emergencia, según un informe de la Defensa Civil.
No verificaron si los estudiantes sabían nadar
Los padres firmaron autorización para el uso de la piscina, pero el colegio nunca preguntó si los estudiantes sabían nadar. La madre declaró:
“Mi hija no sabía nadar. Yo pensaba que era una piscina de niños. No me dieron detalles.”
En un video se observa que al menos cinco niños vieron a Stephora pidiendo ayuda, la señalaron, pero ninguno alertó al personal.
Las imputadas
La Fiscalía de Santiago presentó cargos contra cuatro integrantes del personal directivo y docente del colegio Leonardo Da Vinci, acusadas de homicidio involuntario, abandono y maltrato a menores:
Yris del Carmen Reyes Adames – Directora administrativa
Gisela Altagracia de las Mercedes González – Coordinadora general
Francisca Josefina Tavárez Vélez – Orientadora
Vilma Altagracia Vargas Morel – Coordinadora del nivel secundario
Responsabilidad penal
Para el Ministerio Público, la muerte de Stephora fue consecuencia directa de una excursión ilegal, la falta de medidas de seguridad, la ausencia total de supervisión y la omisión de auxilio.
La calificación jurídica incluye:
Homicidio involuntario (art. 319 CP)
Abandono y maltrato a menores (art. 351-2 CP)
Violación a la Ley 136-03 (Código de Niños, Niñas y Adolescentes)
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