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La Oficina Nacional de la Defensa Pública (ONDP) anunció formalmente que no asignará defensores públicos para representar a empresas ni organizaciones privadas, respondiendo a la intimación efectuada por las juezas del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, que le requerían un abogado para la compañía Inprosol SRL, imputada en el expediente judicial del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant).
A través de un comunicado fijado por su director general, el magistrado Rodolfo Valentín, la entidad sostuvo que el servicio gratuito de defensa técnica está concebido de manera exclusiva por la Constitución de la República y la Ley de la Defensa Pública para personas físicas en situación de vulnerabilidad o falta de recursos, excluyendo a personas jurídicas.
Compendio del diferendo legal entre la Defensa Pública y el Tribunal
La inasistencia de representación legal para la empresa Inprosol SRL provocó el aplazamiento del juicio de fondo contra el exdirector del Intrant, Hugo Beras, y otros nueve imputados acusados de supuesta estafa contra el Estado y sabotaje a la red semafórica.
A continuación, se compilan los aspectos clave de la postura institucional y el conflicto jurisdiccional planteado:
| Criterio / Aspecto | Detalles de la Controversia Jurídica |
| Institución Emisora | Oficina Nacional de la Defensa Pública (ONDP). |
| Tribunal Requiriendo | Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional. |
| Empresa Involucrada | Inprosol SRL (Imputada en el caso Intrant). |
| Principal Imputado Físico | Hugo Beras (exdirector del Intrant) y otros nueve procesados. |
| Argumento Constitucional | El mandato legal ampara a "personas físicas", no a "personas jurídicas" o sociedades comerciales. |
| Advertencia del Ministerio Público | Eventual sometimiento por desacato si no se acata la intimación judicial. |
| Estatus en el Tribunal Constitucional | Varios recursos de revisión pendiente de fallo sobre este mismo requerimiento. |
Tesis legal y precedentes regionales expresados por la ONDP
El director de la Defensa Pública, Rodolfo Valentín, cuestionó la interpretación de los jueces que pretenden extender el concepto constitucional de "persona" hacia las entidades societarias comerciales, señalando que ningún país de Iberoamérica ofrece asistencia pública gratuita a corporaciones privadas.
«La Defensa Pública es respetuosa de las decisiones de los tribunales del país, pero no va a caer en esa trampa malintencionada de parte de jueces, fiscales y abogados privados. La institución prioriza la garantía de defensa a los sectores vulnerables que no pueden pagar un abogado particular», precisó Valentín.
El funcionario recordó que existen precedentes donde otros tribunales han declarado la rebeldía de las personas jurídicas sin representación para continuar el juzgamiento de las personas físicas involucradas, e indicó que la institución se mantendrá a la espera de las decisiones definitivas del Tribunal Constitucional respecto a esta materia.
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