
Jean Andres Pumarol Naco
La Segunda Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional emitirá este jueves su decisión respecto al recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público contra el auto de no ha lugar que benefició a Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado por el ataque con arma blanca perpetrado en el residencial Naco Dorado IV.
El órgano acusador busca revocar el dictamen emitido en primera instancia y lograr que el imputado, de 30 años de edad, sea enviado a un juicio de fondo para responder por la muerte de la señora Yolanda Handal Abugabir, de 70 años, así como por las graves heridas causadas a otras cinco personas y la muerte de una mascota durante el suceso ocurrido el 23 de julio de 2025.
Fundamentos del recurso de apelación e imputaciones
El tribunal que evalúa la impugnación está presidido por la jueza Ysis Muñiz, e integrado por los magistrados Teófilo Andújar y Luis Omar Jiménez Rosa. La fiscalía sostiene que existen suficientes elementos probatorios para procesar a Pumarol Fernández por los cargos de homicidio voluntario, tentativa de homicidio y heridas voluntarias.
Asimismo, el expediente incluye cargos por violación a la Ley 631-16 sobre Armas, Municiones y Materiales Relacionados, y por la muerte de un animal doméstico, tipificada en la Ley 248-12 sobre Protección Animal y Tenencia Responsable.
A continuación, se compilan los elementos centrales del proceso judicial:
| Componente del Caso | Detalles del Proceso Judicial en Naco |
| Imputado | Jean Andrés Pumarol Fernández (30 años). |
| Lugar y Fecha del Hecho | Residencial Naco Dorado IV, Distrito Nacional (23 de julio de 2025). |
| Víctima Mortal | Yolanda Handal Abugabir (70 años). |
| Personas Heridas | Gricelda Ozuna, Francisco Texano, Teresa Fabián, Victoria Heredia y Guillermo Pumarol. |
| Fallo Impugnado | Auto de no ha lugar dictado por el juez Deiby Timoteo Peguero (7mo Juzgado). |
| Jueces de la Corte | Ysis Muñiz (Presidenta), Teófilo Andújar y Luis Omar Jiménez Rosa. |
| Estatus del Proceso | En espera de la resolución sobre la apertura a juicio de fondo. |
Debate sobre la responsabilidad penal y condición psiquiátrica
El recurso de apelación surge luego de que el juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Deiby Timoteo Peguero, dictara el auto de no ha lugar al concluir que el imputado actuó bajo un cuadro psicótico involuntario al momento del ataque, eximiéndolo de responsabilidad penal.
No obstante, la representación del Ministerio Público argumenta que la resolución de primera instancia incurre en contradicciones jurídicas al no declarar formalmente la inimputabilidad del acusado, pero aplicar sus efectos procesales para liberarlo del juicio.
«El tribunal de instrucción incurrió en un yerro procesal al no declarar la inimputabilidad formal pero eximir al acusado de ir a juicio, por lo que solicitamos la revocación del fallo y el envío del expediente a un tribunal colegiado de fondo», plantea el Ministerio Público en su instancia de apelación.
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